Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

Suspendido acto de la Asamblea Departamental del Guaviare que autorizaba celebrar contratos en la Región

Escrito por  May 21, 2020

El Consejo de Estado estableció que la Asamblea no tenía competencia para reglamentar la celebración de contratos, dado que no había ley alguna que determinara que estos son objeto de aplicación de la misma ni que la facultara para establecerlos, como si existe para los concejos, por lo tanto se confirmará el auto apelado por medio del cual se decretó la suspensión provisional de los efectos del numeral 2 del artículo 265 y los artículos 266, 267, 268 y 269 de la Ordenanza núm. 27 de 30 de noviembre de 2011, expedida por la corporación referida.

Para la Sala, si en gracia de discusión se aceptara que la Asamblea tenía competencia para expedir la reglamentación en comento, tampoco habría lugar a revocar la decisión de primera instancia, pues la ordenanza objeto de controversia, en cuanto a la determinación de los contratos objeto de la atribución establecida en el numeral 9 del artículo 300 constitucional, no cumplió los requisitos de razonabilidad y proporcionalidad.

Descargar documento