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Es la justicia laboral la competente para conocer litigios sobre el reconocimiento pensional de los trabajadores de EMCALI: Consejo de Estado

Escrito por  Jun 09, 2020

El Consejo de Estado estableció que  la Jurisdicción Ordinaria en su especialidad laboral es la competente para conocer las controversias relacionadas con los contratos de trabajo, y también con el Sistema de Seguridad Social que se susciten entre los afiliados, beneficiarios o usuarios, los empleados y las entidades administradoras.

La sala consideró que está probada la excepción de falta de jurisdicción y competencia, en casos en los que se encuentre acreditado que el reconocimiento pensional que se debate tiene como beneficiario a un servidor que se desempeñaba como trabajador oficial, situación que escapa a la órbita de competencia de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, en consideración a que (…) aquella está asignada por el artículo 2º del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social a la Jurisdicción Ordinaria en su especialidad laboral y de seguridad social”.

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