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Texto de la sentencia Corte que declaró que la edad máxima para el retiro del cargo de las personas que desempeñen funciones públicas, no es aplicable a los miembros de la Junta Directiva del Banco de la República

Escrito por  Mar 10, 2021

Para la Corporación, el artículo 1º de la Ley 1821 de 2016 desconoce los artículos 371, 372 y 373 de la Constitución Política al no excluir de la causal de retiro forzoso de los cargos públicos que dicha disposición establece, a los miembros de la junta directiva del Banco de la República, en particular a su gerente y a sus miembros de dedicación exclusiva,

y que, por tal razón, incurre en una omisión legislativa relativa, y en consecuencia declarará su exequibilidad condicionada en el entendido de que la edad máxima para el retiro del cargo no es aplicable a los miembros de la Junta Directiva del Banco de la República.

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