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Corte Suprema establece que la antigüedad del trabajador no exonera al empleador de la culpa patronal por accidentes laborales

Escrito por  Jun 02, 2020

 La Corte Suprema estableció que el empleador no puede escudarse en la costumbre, el obrar lógico, ni en el instinto de supervivencia de sus trabajadores, para relajar o soslayar la carga de adoptar medidas de protección para evitar accidentes de trabajo.

La sala ha indicado que, la obligación mencionada se traduce en el suministro y acondicionamiento de locales y equipos de trabajo que garanticen la seguridad y salud de los operarios 

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