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Interpretación jurídica de la DIAN sobre la Base Gravable del IVA en Importaciones y tributos aduaneros

Escrito por  Mar 08, 2021

De acuerdo con la doctrina publicada por la DIAN, la base gravable, sobre la cual se liquida el impuesto sobre las ventas en el caso de las mercancías importadas, será la misma que se tiene en cuenta para liquidar los derechos de aduana, adicionados con el valor de este gravamen.

Los tributos aduaneros son aquellos que se perciben al momento o con motivo de la importación e incluyen: los derechos de aduana correspondiendo a aquellos establecidos en el arancel de aduanas o sea en el Decreto 2153 de 2016, otros derechos e impuestos entre los cuales está incluido el IVA y los recargos, los cuales a la luz de lo dispuesto en la Decisión Andina 671 corresponden a las salvaguardias, derechos antidumping y compensatorios, sin que en este concepto estén incluidos recargos que pueda establecer el Gobierno nacional asociados al precio de los servicios prestados por la aduana o percibidos para otra autoridad nacional.

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