dificultades para el cumplimiento oportuno de sus obligaciones, podrá imponerle una caución, que oscilará entre el 30 y el 50 % del valor de las pretensiones”.
Prensa Jurídica informa que el texto de esta providencia aún no está disponible. El comunicado que resume la decisión indica que “esta disposición fija que, en el juicio ordinario laboral, cuando el demandado efectúe actos que el juez estime tendientes a insolventarse o a impedir la efectividad de la sentencia, o cuando se considere que el demandado se encuentra en graves
dificultades para el cumplimiento oportuno de sus obligaciones, podrá imponerle una caución, que oscilará entre el 30 y el 50 % del valor de las pretensiones”.