defina para el efecto”.
El proyecto de decreto establece que “dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la ocurrencia de un evento catastrófico de origen natural, el Consejo Municipal de Gestión del Riesgo de Desastres del municipio en donde ocurrió el evento elaborará un censo con la población que resultó víctima y lo remitirá al Ministerio de Salud y Protección Social o la entidad que se
defina para el efecto”.