En tal sentido, a efectos de garantizar la efectiva e integral materialización de los derechos de los titulares mineros, esta Agencia, en su calidad de autoridad minera nacional, precisa que los dos (2) meses previstos en la mencionada disposición para el diligenciamiento del FBM correspondiente al año 2019, empezarán a contar a partir de dicha fecha.