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SSPD aclara dudas sobre los convenios celebrados por las entidades territoriales y las empresas de servicios públicos, para la construcción de redes del servicio público domiciliario de gas combustible

Escrito por  Feb 19, 2021

De acuerdo con el concepto publicado por la SSPD, la responsabilidad de la planeación, desarrollo, construcción, expansión, operación, reposición, mantenimiento y demás, de las redes de distribución de gas combustible por redes, está en cabeza de la empresa distribuidora de gas natural correspondiente.

Si el ente territorial quiere entregar su infraestructura de prestación, deberá adelantar la licitación pública pertinente, en la que podrán participar los prestadores de servicios públicos interesados, en igualdad de condiciones, o entregar el uso y operación de esta, cuando no se trate de transferir su propiedad, a un operador especializado.

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Modificado por última vez en Viernes, 19 Febrero 2021 09:47