De acuerdo con la doctrina publicada por la SSPD, las decisiones que pongan fin a una actuación administrativa deben ser notificadas personalmente, lo que incluye hacer entrega del acto administrativo que se quiere notificar, fecha y hora de la diligencia de notificación, los recursos que legalmente proceden, las autoridades ante quienes deben interponerse y los plazos para presentarlos.