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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca es el competente para conocer del medio de control de nulidad promovido por Crisalltex S.A., en el que solicitó la devolución de los pagos realizados por mora e inexactitud en las autoliquidaciones y pagos p

Escrito por  Feb 17, 2021

La sociedad Crisalltex S.A. formuló como pretensiones la devolución de los pagos realizados por mora e inexactitud en las autoliquidaciones y pagos a los aportes parafiscales por los períodos de enero a diciembre de 2011 a 2013. Para la Sala, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta, Subsección A es el competente para conocer del medio de control de

nulidad y restablecimiento del derecho promovido.

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Modificado por última vez en Miércoles, 17 Febrero 2021 08:28