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Concepto del Consejo de Estado indicó que no le compete al presidente de la República designar a los jefes de control interno de las empresas de servicios públicos domiciliarios mixtas, es decir aquellas en las que tiene participación el Estado

Escrito por  Feb 04, 2021

El pronunciamiento de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado obedeció a una consulta elevada por el DAFP. La entidad buscaba esclarecer si las empresas de servicios públicos domiciliarios mixtas estaban exentas de la aplicación de las normas del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (artículos 8º y 9º del CPACA) que

le permiten al jefe del Estado adelantar este tipo de nombramientos. 

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