El MinSalud estableció el protocolo de bioseguridad para los establecimientos o inmuebles con piscina el cual aplicará para piscinas de uso colectivo abiertas al público en general: son las ubicadas en centro vacacionales y recreacionales, escuelas, entidades o asociaciones, hoteles, moteles o similares.El MinSalud estableció el protocolo de bioseguridad para los establecimientos o inmuebles con piscina el cual aplicará para piscinas de uso colectivo abiertas al público en general: son las ubicadas en centro vacacionales y recreacionales, escuelas, entidades o asociaciones, hoteles, moteles o similares.
Piscinas de uso restringido no abiertas al público en general: son las ubicadas en instalaciones como clubes privados, condominios o conjuntos residenciales, piscinas de propiedad unihabitacional y Piscinas de uso especial que son las terapéuticas termales y las otras que determine la autoridad sanitaria. Puede conocer más detalles sobre las medidas que deberán cumplir los dueños de los inmuebles o establecimientos consultando el documento publicado por la entidad.
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