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Consejo de Estado anuló los actos proferidos por la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en las declaraciones de ICA presentadas por la sociedad Grandes Superficies Carrefour SA. (hoy CENCOSUD SA) por los bimestres 4 a 6 de 2010 y 1 a 6 de 2011

Escrito por  Ene 28, 2021

La Sala practicó una nueva liquidación por el bimestre 3 de 2011, aceptando la corrección efectuada por la demandante, Grandes Superficies Carrefour SA. (hoy CENCOSUD SA), con el objeto de determinar correctamente la sanción por inexactitud reducida,

en aras de lograr un cabal restablecimiento del derecho. En cuanto a la procedencia de la corrección provocada, se advierte que, según los artículos 70930 y 71331 del ET, los contribuyentes podrán corregir sus declaraciones tributarias con ocasión de la expedición del requerimiento especial o de la liquidación oficial de revisión, con el fin de reducir la sanción por inexactitud a la cuarta parte o a la mitad de la inicialmente impuesta, según el momento en que suceda la corrección, de acuerdo con las condiciones que precisa la presente providencia.

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Modificado por última vez en Viernes, 05 Febrero 2021 16:05