Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

SSPD no puede exigir aprobación previa de contratos de empresas de servicios públicos

Escrito por  Ene 27, 2021

La SSPD aclara que, en materia de actos y contratos de los prestadores de servicios públicos domiciliarios, independientemente de su naturaleza y la participación de los aportes de las empresas, se aplica el derecho privado.

Se entiende entonces que, en ningún caso, la SSPD podrá exigir que ningún acto o contrato de una empresa de servicios públicos se someta a aprobación previa suya.

Descargar doucmento