Es responsabilidad del supervisor del contrato autorizar el pago de la contraprestación a ASOZULIA previo cumplimiento de los requisitos necesarios por el servicio prestado, no obstante, en el evento de requerir lineamientos adicionales sobre dicha facultad, se sugiere acudir a la Vicepresidencia de Integración Productiva, para que en el marco de sus funciones imparta las directrices y los lineamientos necesarios para la gestión de las competencias de la UTT en el territorio.