Colombia Compra indica que la liquidación contractual es el ajuste final de cuentas en contratos estatales, esencial para un balance económico y jurídico. La liquidación bilateral es un negocio jurídico entre la Administración y el contratista, donde se estipulan las obligaciones. Sin embargo, los desacuerdos, o "salvedades", deben ser precisos y detallados en el acta, ya que fórmulas generales no son aceptadas. Esta claridad es fundamental: de las salvedades depende la posibilidad de reclamaciones económicas futuras ante la jurisdicción. Si no se alcanza un acuerdo directo tras las salvedades, la Administración puede realizar una liquidación unilateral parcial. Si el contratista no solicita una liquidación judicial en un plazo de dos años, la entidad puede liquidar unilateralmente; de lo contrario, la resolución será judicial. Este enfoque busca asegurar transparencia y debido proceso en la finalización contractual.