Se establece que, los contratos de arrendamiento o de arrendamiento con opción de compra que suscriban los hogares que resulten beneficiarios del programa, deberán ser objeto de una garantía que cubra el posible incumplimiento de los mismos, incluyendo lo relacionado con la restitución final del inmueble. FONVIVIENDA, ya sea directamente o a través del patrimonio autónomo que se constituya para la administración de los recursos del programa podrá pagar el costo de adquisición de la garantía cuando el canon pactado sea igualo inferior a 0.4 salarios mínimos legales mensuales vigentes. También se modifican aspectos sobre el gestor inmobiliario y otras consideraciones que puede conocer consultando el documento publicado por la entidad.