Colombia Compra Eficiente aclaró que las sociedades con menos de tres años pueden acreditar la experiencia de sus socios en el Registro Único de Proponentes (RUP), una medida de fomento empresarial. Esta prerrogativa se mantiene si el RUP se renueva constantemente, incluso después de que la sociedad cumpla los tres años. Sin embargo, si el RUP no se renueva oportunamente, la experiencia del socio no podrá reinscribirse. Además, para procesos sin exigencia de RUP, como mínima cuantía o subasta inversa, la entidad contratante puede aplicar la misma regla, permitiendo la acreditación de la experiencia del socio para evaluar la idoneidad del proponente.