La Superintendencia de Sociedades detalló las responsabilidades de presentación de estados financieros consolidados para grupos empresariales cuyo controlante es una persona natural. Si la persona natural controlante es considerada comerciante, tiene la obligación de preparar y presentar los estados financieros consolidados conforme al artículo 35 de la Ley 222 de 1995. Sin embargo, si la persona natural no tiene la condición de comerciante y, por ende, no está obligada a llevar contabilidad mercantil, la responsabilidad recae en la subsidiaria domiciliada en Colombia que posea el mayor patrimonio. Esta subsidiaria deberá preparar y presentar estados financieros combinados, siguiendo las directrices de la Superintendencia.