La CRA hizo precisiones el tratamiento de contribuciones en servicios públicos ante el castigo de cartera. La entidad subraya que estas contribuciones, provenientes de estratos altos, industriales y comerciales, poseen un fin constitucional y legal específico: financiar subsidios para usuarios de menores ingresos, impidiendo su uso distinto. Por ende, no son ingresos propios del prestador ni costos del servicio. La CRA es enfática: si estas contribuciones no son recaudadas y la cartera es castigada, el monto no puede incorporarse en las fórmulas tarifarias, ni directa ni indirectamente, ni trasladarse a otros usuarios. El riesgo de no cobro recae en la gestión del prestador, no habilitando incrementos tarifarios. Los subsidios se limitarán a los recursos efectivamente disponibles, manteniendo la integridad del esquema solidario.