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ADR aclara procedimiento para transferencia de predios fiscales a Corpoguajira en cumplimiento de obligaciones ambientales

Escrito por  May 29, 2026

La Agencia de Desarrollo Rural (ADR) emitió un concepto jurídico sobre la transferencia de dominio de predios fiscales a favor de CORPOGUAJIRA para cumplir la inversión del 1% en áreas estratégicas según licencia ambiental. Señaló que la transferencia entre entidades públicas se realiza mediante acto administrativo, lo cual es suficiente para trasladar el dominio y debe inscribirse en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos para su efectividad. No obstante, se permite que la transferencia se protocolice adicionalmente mediante escritura pública si se desea mayor solemnidad. El concepto destaca que la autoridad ambiental debe pronunciarse previamente sobre la destinación ambiental de dichos predios. Este pronunciamiento orientativo no es vinculante, sino una guía para la interpretación de la normativa vigente.

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Modificado por última vez en Jueves, 28 Mayo 2026 18:37