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CREG: autoridades a las que comercializadores de energía eléctrica están obligados reportar inicio de actividades

Escrito por  Ene 15, 2021

De acuerdo con el concepto publicado por la CREG, los comercializadores de energía eléctrica deberán dar aviso del inicio de actividades a la Comisión, a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y al Fondo de Solidaridad para Subsidios y Redistribución de Ingresos del Ministerio de Minas y Energía.

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