TEVEANDINA LTDA, a través del contrato de 26 de octubre de 2004, la ejecución pública o radiodifusión de las reproducciones de videogramas. La Sala considera que teniendo en cuenta que se declara la nulidad de la Resolución núm. 260 de 7 de diciembre de 2004 acusada, que resolvió el recurso de apelación interpuesto contra la Resolución núm. 148 de 2004 demandada, por haber sido expedida por un funcionario sin competencia, se releva de evaluar este argumento, así como los demás traídos a colación para desvirtuar su legalidad.