Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme

¿Resulta aplicable el límite del cincuenta por ciento (50%) previsto en la Ley 80 de 1993 para adicionar los contratos a las Empresas Sociales del Estado?: Colombia Compra responde

Escrito por  Mar 17, 2026

 Colombia Compra Eficiente aclaró que la adición de contratos estatales, si bien permite ajustar necesidades sobrevenidas, no puede superar el 50% del valor inicial para entidades regidas por la Ley 80 de 1993. Sin embargo, para las Empresas Sociales del Estado (E.S.E.), que operan bajo un régimen especial de derecho privado y no están sujetas a este tope, la viabilidad de adiciones significativas reside en una rigurosa justificación técnica, financiera y jurídica. Estas entidades, aunque autónomas para fijar sus propios límites en manuales internos, deben siempre observar los principios de la función administrativa y la gestión fiscal (Art. 209 y 267 C.P.), garantizando una planeación adecuada y evitando gastos innecesarios o modificaciones que alteren sustancialmente el objeto inicial del contrato.

Descargar Documento

Modificado por última vez en Lunes, 16 Marzo 2026 19:01