La Sala Plena avocó el conocimiento, en única instancia, del control inmediato de legalidad de la Resolución 100-000938 del 16 de marzo de 2020, en la que la Superintendencia de Sociedades decretó “como medida transitoria por motivos de salubridad pública, la suspensión de términos para los procesos judiciales de Procedimientos Mercantiles y de Procedimientos de Insolvencia”.