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Consejo de Estado aclara el alcance de la representación de los consorcios y las reglas del mandato en contratos estatales

Escrito por  Ene 30, 2026

El caso analizado por el Consejo de Estado se originó en una controversia contractual en la que se discutía la validez y alcance de las actuaciones realizadas por un consorcio, particularmente frente a la representación de sus integrantes y los efectos jurídicos de los actos ejecutados en desarrollo del contrato. La demanda cuestionaba si las actuaciones realizadas por uno de los miembros o por el representante del consorcio podían comprometer válidamente a los demás integrantes.

En su análisis, la Sala desarrolló varios ejes jurídicos. Primero, abordó la representación consorcial, precisando que el consorcio no tiene personalidad jurídica propia, pero sí capacidad para actuar a través del representante designado, cuyos actos obligan a todos los consorciados dentro del marco del encargo conferido. Segundo, examinó las particularidades del contrato de mandato a la luz del Código Civil y del Código de Comercio, destacando su naturaleza consensual, la representación directa y los límites del poder conferido. Finalmente, estudió la pluralidad de mandatarios, aclarando que, salvo estipulación en contrario, los mandatarios pueden actuar conjunta o separadamente, y que sus actuaciones generan efectos jurídicos para los mandantes en los términos pactados.

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Modificado por última vez en Jueves, 29 Enero 2026 20:07