La CREG adicionó un literal al artículo 5 de la Resolución CREG 101 079 de 2025. Esta adición establece que para la convocatoria y aplicación del artículo 23 de la Resolución CREG 101 024 de 2022, las plantas y/o unidades de generación térmicas (existentes, especiales y/o nuevas) deben tener Costos Variables de Combustible Estimado (CVCE) que no superen el Precio de Escasez Superior, descontando Otros Costos Variables y Costos de Operación y Mantenimiento, determinados para el mismo mes de cálculo del CVCE. Esta medida facilita la participación de dichas plantas en las subastas de asignación de obligaciones de energía firme, alineando los costos variables con el Precio de Escasez Superior utilizado en el sistema.