La Entidad responde que debe haber una tarifa mínima y máxima para un servicio público para garantizar un marco regulatorio que asegure eficiencia, suficiencia financiera, calidad y cobertura del servicio. La tarifa máxima actúa como un techo que impide abusos o alzas arbitrarias, protegiendo a los usuarios, mientras la tarifa mínima asegura que los ingresos permitan cubrir costos eficientes, mantener la infraestructura, reponer activos y expandir el servicio cuando sea necesario. Este rango tarifario, definido por la CRA, obliga a los prestadores a fijar precios dentro de bandas reguladas, facilitando resultados eficientes, evitando posiciones dominantes y promoviendo principios de solidaridad y transparencia. Así, se equilibra la protección al usuario con la sustentabilidad financiera del servicio.