El IDU interpuso recurso de apelación en contra del auto proferido el 7 de junio de 2018, por medio del cual el magistrado sustanciador de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, negó la solicitud de llamamiento en garantía respecto de la UAECD, presentada dentro de un proceso judicial de expropiación administrativa.
Para la Sala, es procedente el llamamiento en garantía de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital – UAECD, de conformidad con la solicitud que en dicho sentido elevó el Instituto de Desarrollo Urbano – IDU, dentro del proceso de la referencia.
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