La Entidad aclaró que en conjuntos residenciales con medidores individuales para todas las unidades y zonas comunes, el cobro basado en un macromedidor es válido únicamente para controlar pérdidas, no para facturar consumo. Si no existe un macromedidor físico, no procede el cobro por consumos no justificados. En caso de que la empresa prestadora solicite la instalación del medidor totalizador, esta tiene derecho a recuperar su costo, pero la instalación solo es obligatoria cuando la medición individual de las áreas comunes sea técnicamente imposible.