La Entidad explica que, en los contratos especiales de concesión minera, derivados de la declaración y delimitación de Áreas de Reserva Especial (ARE), la cesión total de derechos está prohibida. Solo se permite la cesión parcial de derechos por cuotas o porcentajes, y dicha cesión sólo puede realizarse en estos porcentajes, nunca en su totalidad. Además, si la cesión supera el 51%, el concesionario debe pagar a la Nación el valor invertido en los estudios geológico-mineros, calculado a valor presente neto. Estas reglas buscan proteger el interés público, garantizar la recuperación de las inversiones estatales y mantener los beneficios sociales y económicos en favor de las comunidades mineras tradicionales.