El Tribunal Administrativo de Córdoba confirmó la sentencia de primera instancia porque quedó probado que tanto el Municipio de San Andrés de Sotavento como la empresa Aguas del Sinú E.S.P. son responsables del daño causado por el vertimiento inadecuado de aguas residuales en fuentes hídricas del predio "El Palmar". El municipio incumplió sus deberes normativos y de vigilancia, al entregar la prestación del servicio sin un plan de saneamiento adecuado y permitir la contaminación, mientras que la empresa no gestionó adecuadamente el tratamiento y disposición de las aguas residuales. Por ello, la responsabilidad recae en ambas entidades, afectando derechos ambientales y económicos de los demandantes.