La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios indica que no existen excepciones para que alguna empresa prestadora de servicios públicos quede fuera de su vigilancia y control. Todas las empresas que presten servicios públicos, ya sea directamente o mediante actividades complementarias, están sujetas a la supervisión, sin importar si están inscritas en el RUPS o no. Para ser vigiladas, las empresas deben cumplir con los requisitos legales y normativos, como obtener las concesiones, permisos y licencias correspondientes y registrarse en el RUPS.