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¿Debe aplicarse el principio de doble conformidad en los procesos de responsabilidad fiscal?: CGR responde

Escrito por  Ago 08, 2025

“La doble conformidad es obligatoria en el ámbito penal. En los demás procedimientos, el Congreso puede decidir si amplía esta garantía a otros ámbitos o si la mantiene reservada solo a algunos procesos en los que considere que también debe ser aplicada”. La Contraloría concluyó que el principio de doble conformidad, que permite impugnar una primera sentencia condenatoria ante una autoridad superior, es obligatorio únicamente en el ámbito penal. En los procesos de responsabilidad fiscal, de naturaleza administrativa y resarcitoria, dicho principio no aplica mientras el Congreso no lo extienda expresamente por vía legislativa. Aunque estos procesos pueden tener doble instancia, esto responde a la garantía general del debido proceso, mas no al principio de doble conformidad.

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Modificado por última vez en Jueves, 07 Agosto 2025 18:26