La CRA precisó que en municipios con más de 5.000 suscriptores en área urbana, se aplica el régimen tarifario de la Resolución CRA 720 de 2015 (compilada en CRA 943 de 2021), el cual incluye múltiples componentes tarifarios. Si áreas rurales son incorporadas a estas áreas urbanas, se aplica igual régimen excepto para limpieza urbana, regulada por el Decreto 1077 de 2015. Para municipios con hasta 5.000 suscriptores, se usa la metodología de la Resolución CRA 853 de 2018. En áreas rurales dispersas no incluidas en áreas urbanas, se aplica la libertad vigilada, permitiendo fijar tarifas libremente, informando a entes de control. El servicio de aseo es esencial y no puede suspenderse salvo fuerza mayor. Finalmente, la CRA no decide la viabilidad de prestación, sino regula tarifas para garantizar eficiencia y calidad.