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Precisiones de la SuperSociedades sobre su competencia para tramitar procesos de insolvencia de una persona natural comerciante después de la entrada en vigor de la ley 2445 de 2025

Escrito por  Jul 17, 2025

La Superintendencia de Sociedades precisó que tras la entrada en vigor de la Ley 2445 de 2025, la competencia para tramitar procesos de insolvencia de personas naturales comerciantes con activos inferiores a 1.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes corresponde, en principio, a la jurisdicción civil del domicilio del deudor, eliminándose la competencia de la Superintendencia para estos casos, salvo que la norma disponga lo contrario. La Ley 2445 modificó el artículo 532 de la Ley 1564 de 2012, estableciendo que dichas personas pueden optar por el régimen de insolvencia previsto para pequeñas comerciantes o, si cumplen requisitos, acceder a los procedimientos de insolvencia empresarial. La competencia no varía salvo disposición expresa de la ley.

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Modificado por última vez en Miércoles, 16 Julio 2025 19:19