La Entidad explicó que La Ley 2445-2025, que modifica la Ley 1564 de 2012, establece procedimientos de insolvencia para personas naturales comerciantes con activos inferiores a 1.000 salarios mínimos legales vigentes (smlmv), excluyendo vivienda y vehículo de trabajo. Los pequeños comerciantes pueden solicitar liquidación voluntaria, incluso si no cumplen con todos los deberes del artículo 19 del Código de Comercio, salvo el primero. La Superintendencia de Sociedades puede admitir o rechazar la solicitud basada en requisitos legales y hechos verificables. En caso de rechazo, el comerciante puede acceder a otros procesos de liquidación o reestructuración previstos en la ley. La norma también prohíbe limitar o obstaculizar el inicio de procedimientos de insolvencia contractual o laboralmente, y protege a empleados o contratistas durante estos procesos.