La entidad aclara que, conforme al artículo 237 de la Ley 2294 de 2023 y el artículo 30 de la Ley 1715 de 2014, el Gobierno y las administraciones públicas deben realizar auditorías energéticas a sus edificios en un plazo máximo de un año, con una periodicidad de cada cuatro años. Estas auditorías buscan establecer objetivos de ahorro energético mediante medidas de eficiencia y uso de fuentes no convencionales de energía renovable. Además, cada entidad debe implementar estrategias para lograr al menos un 15% de ahorro energético respecto al año anterior, con metas sostenibles a más tardar en 2026. Se señala que el marco normativo aplicable incluye la Ley 697 de 2001, que creó el Programa de Uso Racional y Eficiente de la Energía (PROURE), y la Ley 1715 de 2014, que regula las energías renovables no convencionales y eficiencia energética. Así mismo, la entidad informa que los conceptos emitidos en respuesta a consultas son de carácter orientativo y no son de obligatorio cumplimiento para casos particulares.