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¿Cuáles son los criterios que utiliza la SSPD para dosificar las multas impuestas a los prestadores?

Escrito por  May 08, 2025

Los criterios para dosificar multas a prestadores de servicios públicos domiciliarios se basan en lo establecido en el artículo 81.2 de la Ley 142 de 1994 y el artículo 50 de la Ley 1437 de 2011 (CPACA). La sanción debe ser razonable y proporcional, equilibrando el castigo con la finalidad normativa y la gravedad de la infracción, sin exceder 2000 salarios mínimos mensuales vigentes. Además, se valora el impacto de la infracción sobre el buen funcionamiento del servicio público. La autoridad sancionadora tiene amplia potestad para evaluar la conducta y el monto, siempre que la dosificación no resulte desproporcionada ni ponga en riesgo la continuidad del servicio. Esta postura está respaldada por memorandos internos y la doctrina aplicable.

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Modificado por última vez en Miércoles, 07 Mayo 2025 23:16