La documentación necesaria para constituir una empresa generadora de energía eléctrica depende de la naturaleza jurídica de la empresa, el tipo societario adoptado y el porcentaje de aportes de capital. Es fundamental que la empresa incluya dentro de su objeto social la prestación del servicio de energía y/o actividades complementarias, cumpliendo con las disposiciones establecidas en la Ley 142 de 1994. La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (Superservicios) no establece documentos específicos, ya que esto varía conforme a la normativa aplicable a cada tipo societario. Adicionalmente, una vez constituida, la empresa deberá registrarse en el Registro Único de Prestadores de Servicios Públicos (RUPS) para informar el inicio de actividades a la Superservicios y la respectiva comisión de regulación. Para más información sobre requisitos específicos, se puede consultar la Resolución SSPD 20181000120515.