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Es nulo el acto que levantó la medida preventiva ambiental de suspensión de explotación minera, si la ANLA no verificó que se requería licencia ambiental, dado que los contratos son nuevos y debieron seguir las normas vigentes: Consejo de Estado

Escrito por  Ene 22, 2025

El Consejo de Estado declaró nulo el acto administrativo que levantó una medida preventiva ambiental que suspendía la explotación minera. Esta decisión se basa en la falta de verificación por parte de la autoridad competente sobre la necesidad de una licencia ambiental para llevar a cabo dichas actividades. La normativa ambiental exige que cualquier actividad de explotación minera cuente con las licencias pertinentes, las cuales garantizan que se cumplan los estándares de protección ambiental y se minimicen los impactos negativos en el entorno.

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