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Consejo de Estado: legalidad de las facturas de cobro por tasa retributiva de vertimientos y cálculo del término de presentación de demandas tras reclamaciones administrativas

Escrito por  Ene 14, 2025

La Sala se refirió al criterio jurisprudencial establecido según el cual antes del Decreto 2667 de 2012, las facturas de cobro por la tasa retributiva por vertimientos no eran consideradas actos administrativos definitivos, lo que limitaba el control judicial a los actos que resolvían reclamaciones sobre dichas facturas. Sin embargo, tras la expedición del Decreto 2667, se determinó que las facturas sí son actos definitivos y pueden ser objeto de control judicial, así como de recursos de reposición y reclamaciones administrativas. Se aclaró que las facturas resultantes de un recurso de reposición son actos de ejecución sin posibilidad de impugnación. Además, el término para presentar una demanda tras una reclamación administrativa debe contarse desde la notificación del acto que resuelve dicha reclamación. En este contexto, el auto del 1º de febrero de 2024 se considera un precedente judicial relevante. La Sala revocó el rechazo de la demanda relacionada con las facturas emitidas por la Carder, ya que la parte actora presentó su solicitud dentro del plazo legal tras la notificación de la resolución que resolvió la reclamación.

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Modificado por última vez en Lunes, 13 Enero 2025 22:27