MinMinas mediante esta circular establece un plazo hasta el 30 de septiembre de 2024 para la presentación de dicha documentación, y se detallan las condiciones y requisitos que deben cumplir las estaciones para ser elegibles para esta asignación en octubre de 2024. El tema central del documento es la regulación y el proceso para la entrega de documentación por parte de nuevas estaciones de servicio ubicadas en zonas de frontera, con el fin de asignarles volúmenes máximos de combustibles líquidos que están excluidos de IVA y exentos de arancel e impuesto nacional.