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¿Qué implicaciones legales tiene el uso comercial de un avatar creado con IA?: SIC

Escrito por  Oct 03, 2024

De acuerdo con el concepto emitido por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), el uso comercial de un avatar creado con inteligencia artificial debe ser cuidadosamente considerado en términos de derechos de propiedad intelectual, consentimiento de las personas representadas y la posibilidad de confusión con marcas existentes. En lo concerniente a derechos de propiedad intelectual, si el avatar imita rasgos físicos de una persona real, se debe tener en cuenta el derecho a la imagen y el prestigio de esa persona. El registro solo será posible si el solicitante es la persona representada o si cuenta con su autorización. Esto es especialmente relevante si el avatar se asocia con una persona de notoriedad. Es fundamental obtener el consentimiento de cualquier persona cuya imagen o rasgos se estén utilizando en el avatar. Si no se cuenta con este consentimiento, se podrían enfrentar reclamaciones legales por violación de derechos de imagen o reputación. El documento aborda la relación entre la inteligencia artificial y los avatares en términos de su capacidad para ser registrados como marcas y la necesidad de cumplir con los requisitos legales y de distintividad. También se subraya la importancia de considerar los derechos de imagen y la protección de diseños industriales en el uso comercial de avatares generados por IA.

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Modificado por última vez en Jueves, 03 Octubre 2024 11:04