La Superintendencia aseguró que debe tenerse en cuenta el término legal establecido para el registro correspondiente de las actas, de acuerdo con lo previsto por la normativa general según lo indicado en el artículo 231 de la Ley 223 de 1995, y la normativa especial, entre otras, la Circular Básica Jurídica 100-000008 de 2022 para los eventos de autorización que esta entidad deba impartir a las sociedades que cumplan con los parámetros definidos por la misma.