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Consejo de Estado declaró nula circular de la Gobernación de Cundinamarca que fijó directrices sobre la “liquidación del impuesto de registro en los casos de nuda propiedad, usufructo y consolidación del dominio pleno”

Escrito por  Jun 20, 2024

El Consejo de Estado confirmó nulidad de la circular 000005 del 05 de febrero de 2021, expedida por la Dirección de Rentas y Gestión Tributaria de la Gobernación de Cundinamarca, que fijó directrices sobre la base gravable del impuesto de registro a los contribuyentes, funcionarios del departamento, notarios y registradores de oficinas de instrumentos públicos de Bogotá y Cundinamarca que intervienen en la liquidación del tributo. La Sala destacó que en los eventos en los que las circulares no contengan una decisión, sino que se limitan a reproducir el contenido de otras normas o las decisiones de otras instancias, o a brindar orientaciones e instrucciones a sus destinatarios, no pueden calificarse como actos administrativos y, en consecuencia, no pueden ser susceptibles de control judicial. El Alto Tribunal indicó que las pautas consagradas en la circular sí son obligatorias para los funcionarios del departamento, registradores y notarios que tienen a su cargo la liquidación del impuesto de registro en el Departamento de Cundinamarca, por lo que tal como lo señaló el a quo, sí contiene una decisión de fondo.

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Modificado por última vez en Miércoles, 19 Junio 2024 15:30