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Interpretación jurídica de la ANM sobre la definición de los Reconocimientos de Propiedad Privada (RPP)

Escrito por  Jun 14, 2024

A través del presente concepto la ANM indicó que los Reconocimientos de Propiedad Privada – RPP, se erigen como una excepción al postulado bajo el cual, los minerales de cualquier clase y ubicación, yacentes en el suelo o el subsuelo, en cualquier estado físico natural, son de propiedad exclusiva del Estado, ello por cuanto mediante dicho título, se reconoce la propiedad de un particular sobre el suelo y el subsuelo mineros, constituyéndose como situaciones jurídicas individuales y concretas provenientes de títulos de propiedad privada de minas perfeccionadas con arreglo a las leyes preexistentes y de los cuales se deriva el cumplimiento de preceptos legales como se indica en el presente documento.

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Modificado por última vez en Jueves, 13 Junio 2024 20:41