De no cumplir con lo indicado en la regulación, dicha conducta debe ser informada a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios
A través del concepto publicado por la CREG quedo establecido que, los distribuidores de GLP tienen la obligación legal de contar con pólizas de responsabilidad civil extracontractual que cubran daños a terceros y así mismo disponer de una línea de atención de emergencias para indicarle a los usuarios que hacer en caso de una emergencia.
De no cumplir con lo indicado en la regulación, dicha conducta debe ser informada a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios