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SuperSociedades hizo precisiones sobre los procesos de restitución de bienes operacionales arrendados y contratos de leasing

Escrito por  Mar 11, 2024

A través del presente concepto la SuperSociedades reiteró que, a partir de la apertura del proceso de reorganización no podrán iniciarse o continuarse procesos de restitución de tenencia sobre bienes muebles o inmuebles con los que el deudor desarrolle su objeto social, siempre que la causal invocada fuere la mora en el pago de cánones, precios, rentas o cualquier otra contraprestación correspondiente a contratos de arrendamiento o de leasing.

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Modificado por última vez en Domingo, 10 Marzo 2024 17:18